1%
Aporte mensual para grandes empresas.

Ley de Modernización Laboral N° 27.802
El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) es un instrumento destinado a ayudar a los empleadores del sector privado a constituir una reserva de recursos previsibles para afrontar futuras obligaciones vinculadas con la finalización de las relaciones laborales.
Fueron creados por la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 con el objetivo de contar con una reserva para cubrir futuros pagos derivados de las indemnizaciones laborales establecidas por la ley.
A partir del 1° de noviembre de 2026, de acuerdo con el Decreto 408/2026, todos los empleadores del sector privado deberán contar obligatoriamente con un Fondo de Asistencia Laboral constituido.
Aporte mensual para grandes empresas.
Aporte para micro, pequeñas y medianas empresas.
Compensado con reducción patronal equivalente.
Planificá de forma ordenada tus egresos futuros por cese laboral, eliminando saltos de liquidez inesperados en tu balance.
Reserva destinada específicamente a cubrir indemnizaciones con fondos de disponibilidad estratégica regulada.
Los recursos de tu cuenta individual son gestionados por nuestros especialistas en inversiones de Bancor Fondos.
El patrimonio es inembargable y destinado exclusivamente al pago de a indemnización laboral.
* Beneficio Impositivo: Los rendimientos están exentos del Impuesto a las Ganancias y no están alcanzados por el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El FAL propone un circuito claro y progresivo para la gestión de los aportes, desde la apertura de la cuenta individual hasta la utilización de los fondos cuando corresponda.
La cartera del fondo estará compuesta por instrumentos financieros o valores negociables emitidos y negociados en la República Argentina. Los recursos del FAL sólo podrán invertirse en los siguientes activos elegibles que deberán cumplir con los requisitos establecidos por la normativa:
¿Querés conocer más sobre el Fondo de Asistencia Laboral?
Conocer más